martes, 26 de noviembre de 2019

Así debes facturar si eres profesional de la construcción


En Materiales de Construcción Valdezorras nos preocupamos por ofrecer a nuestros clientes el servicio más completo y resolver todas sus necesidades, incluso si no se trata de materiales de construcción. Por ejemplo, muchos que no cuentan con los servicios de una asesoría en Sevilla nos preguntan acerca de cómo tienen que elaborar sus facturas, bien sea para informar a sus clientes de un trabajo finalizado y poder cobrar sus honorarios o bien para cualquier cuestión legal.



Una de las dudas más frecuentes en este sentido es saber cómo deben reflejar los materiales, por un lado, y la mano de obra, por otro. Lo primero que hay que tener en cuenta es que en cualquier factura deben quedar descritos los distintos servicios y productos por los que el cliente ha pagado, por eso, es especialmente recomendable especificar el concepto convenientemente. En el caso de que esa descripción no sea correcta, es posible que incluso la factura carezca de validez a efectos fiscales, por lo que no sería deducible. ¡Mucho cuidado!

Aunque el cliente se trate de un particular o de una empresa el desglose debe hacerse de la siguiente manera. Por un lado, hay que hacer una descripción lo más completa posible de todos los productos adquiridos para el trabajo (incluso indicando el número de serie de cada uno de ellos si es posible); por otro, es imprescindible hacer una relación de los servicios prestados especificando si alguno ha sido un extra, es decir, no estaba pactado antes de la obra. Como siempre, cuanto más clara sea la descripción, mejor. Lógicamente, si no has tenido que adquirir ningún material para la obra (porque no han sido necesarios o porque los ha proporcionado el cliente) no debes escribir nada en la factura. Ante la más mínima duda, lo mejor es acudir a una asesoría.

Otra cuestión muy común es el tema del Impuesto del Valor Añadido (más conocido como IVA). Es importante conocer que en sectores como la albañilería, la fontanería o la electricidad (los campos más frecuentes entre nuestros clientes) muchos de los productos que se emplean cuentan con un IVA reducido, por lo que el coste es sensiblemente inferior.

Para este asunto muchos de nuestros clientes acuden a la ayuda de una asesoría en Sevilla ya que la normativa tributaria sobre el IVA presenta muchas particularidades, por ejemplo, en lo referente a la reformas de viviendas que afectan a elementos estructurales y las que se centran en trabajos de renovación. A continuación vamos a ver cuándo se puede aplicar el impuesto reducido del 10%:

1. Cuando el cliente es un particular (se excluyen los autónomos) y el proyecto se realiza sobre su vivienda habitual.

2. La obra de reforma se produce dos años después de la terminación de la construcción o de la remodelación anterior.

3. Los materiales utilizados no suponen más del 40% de la base imponible de toda la factura. En caso contrario, la Agencia Tributaria puede interpretar que se ha realizado una entrega de bienes (no de servicios) por lo que el IVA que habrá de aplicarse será el 21%.

Desde nuestra propia experiencia, lo que recomendamos es adquirir un programa de facturación para agilizar este proceso. Actualmente hay un amplio abanico de recursos disponibles y la mayoría permiten automatizar los conceptos más recurrentes y habituales, lo que ahorrará tiempo a la hora de realizar estos trámites. Si tienes dudas, no tardes ni un segundo en ponerte en mano de asesores profesionales.